El acoso laboral
Muy buenas, amigos y amigas:
Hoy hablaremos brevemente del acoso laboral, o también conocido como mobbing.
Según la definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el acoso laboral es aquella acción verbal o psicológica puesta en práctica sistemática y persistentemente para humillar, ofender o amedrentar a una persona en el entorno laboral.
El acoso laboral es un problema jurídico, que surge en el marco de las relaciones de trabajo y que, inevitablemente, requiere de tratamiento legal.
Las características que determinan el acoso laboral son:
- El acoso laboral es de carácter sistemático y constante.
- Deben existir por lo menos dos personas en el conflicto.
- Tendencia a destruir la reputación y las relaciones sociales de la víctima e impedir su desarrollo y frenar sus avances, para que abandone el lugar de trabajo.
- El acoso laboral está directamente vinculado al orden jerárquico.
- Es un proceso lento que atraviesa varias fases.
- Las consecuencias del acoso laboral ocasionan problemas psicológicos, físicos y sociales.
Algunas conductas típicas del acosador/a laboral son:
- Modificar las condiciones de trabajo sin aviso.
- Manipular información o datos.
- No proporcionar herramientas ni útiles.
- Cambiar las tareas por sorpresa y sin aviso.
- Ridiculizar al trabajador/a.
- Difundir rumores falsos sobre la persona.
- Destinar al trabajador/a a sectores alejados del resto del equipo.
- No dirigirle la palabra.
- Ignorar al trabajador/a.
Todas estas actitudes, que generalmente lleva a cabo un/a superior/a jerárquico/a, son formas sutiles de violencia que actúan directamente en el estado de ánimo del acosado/a.
¡Un abrazo, amigos y amigas!.
Damián Cairo Touriño
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