El acoso laboral

 



Muy buenas, amigos y amigas:

Hoy hablaremos brevemente del acoso laboral, o también conocido como mobbing.

Según la definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el acoso laboral es aquella acción verbal o psicológica puesta en práctica sistemática y persistentemente para humillar, ofender o amedrentar a una persona en el entorno laboral.

El acoso laboral es un problema jurídico, que surge en el marco de las relaciones de trabajo y que, inevitablemente, requiere de tratamiento legal.

Las características que determinan el acoso laboral son:

  • El acoso laboral es de carácter sistemático y constante.
  • Deben existir por lo menos dos personas en el conflicto.
  • Tendencia a destruir la reputación y las relaciones sociales de la víctima e impedir su desarrollo y frenar sus avances, para que abandone el lugar de trabajo.
  • El acoso laboral está directamente vinculado al orden jerárquico.
  • Es un proceso lento que atraviesa varias fases.
  • Las consecuencias del acoso laboral ocasionan problemas psicológicos, físicos y sociales.
Algunas conductas típicas del acosador/a laboral son:
  • Modificar las condiciones de trabajo sin aviso.
  • Manipular información o datos.
  • No proporcionar herramientas ni útiles.
  • Cambiar las tareas por sorpresa y sin aviso.
  • Ridiculizar al trabajador/a.
  • Difundir rumores falsos sobre la persona.
  • Destinar al trabajador/a a sectores alejados del resto del equipo.
  • No dirigirle la palabra.
  • Ignorar al trabajador/a.
Todas estas actitudes, que generalmente lleva a cabo un/a superior/a jerárquico/a, son formas sutiles de violencia que actúan directamente en el estado de ánimo del acosado/a.

¡Un abrazo, amigos y amigas!.




Damián Cairo Touriño

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